Condena por Discriminación de personas con Síndrome de Down

Hace poco mas de 3 años un grupo de personas con Síndrome de Down que pertenecen a Asindown (España) fueron ‘invitados’ a retirarse de un pub, una ocasión más en la cual discriminaron a alguien solo por tener Síndrome de Down, ellos iban acompañados por sus monitoras así que el asunto no se quedó ahí, se inició un juicio por discriminación el cual ganaron hace poco.

Pretendo empezar a investigar un poco acerca de leyes en contra de la discriminación en México, porque no tengo idea de qué hacer en un caso como éste en México, así que si alguien conoce del tema por favor comparta sus conocimientos! Les dejo la nota de El País.

Condena por discriminar a personas con síndrome de Down

La Audiencia de Valencia ha confirmado la sentencia contra la administradora de un pub valenciano que echó del local a un grupo de ocho personas con síndrome de Down que había acudido con tres monitoras. La sección quinta da por buenos los argumentos del Juzgado de Lo Penal número 12, desestima el recurso presentado por la condenada y le impone las costas del procedimiento. Se cometió un delito contra las libertades públicas.

Los hechos ocurrieron el 15 de diciembre de 2006 en Valencia. Tres monitoras de la asociación Asindown se llevaron a un grupo de ocho personas con síndrome de Down al pub Me vuelves loco coco loco. Pasaron la entrada, pero una vez dentro, C. C. S., administradora del local, les invitó a abandonarlo. Primero les dijo que eran menores; luego, que no había aforo; después, que no le convenían como público y, ante la insistencia de las monitoras, soltó que “por qué tienen que ir allí a joderla” a ella, que había “otros locales donde podían entrar”.

El asunto llegó a juicio y la administradora del local fue condenada a un año de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio, industria o comercio relacionado con la hostelería y el ocio. En el recurso, la condenada esgrimió que sus cualidades humanas son incompatibles con la discriminación, que nunca se dirigió directamente a los discapacitados, que las afirmaciones fueron sacadas de contexto y que el juez no valoró la prueba adecuadamente.

Prueba suficiente
Pero la sala no modifica un ápice la sentencia. De hecho, en su argumentación expresa que el recurso no incorpora nada capaz de desmontar la sentencia inicial. El fallo de la sección quinta recoge que en “el presente proceso ha existido prueba de cargo suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia, prueba valorada adecuadamente por el juez a quo, con inmediación y contradicción, y con una explicación de sus razonamientos suficiente, sin que se advierta ningún error manifiesto, ni ninguna interpretación absurda ni arbitraria de los hechos que ha considerado probados, y sin que de los mismos, ni de la fundamentación de la sentencia, se deduzca algún dato del que se infieran dudas por parte del juzgador sobre la certeza de los mismos”.

Es decir, hubo discriminación y no sólo se mantiene la pena de un año de inhabilitación dictada, sino que la condenada deberá pagar las costas del proceso.

2 Respuestas

  • Hola Dania, no se si recuerdas que el año pasado se dio un caso de discriminacion hacia un niño con paralisis cerebral en el parque Plaza Sesamo de Monterrey al cual lo bajaron de uno de los juegos por ser de capacidad diferente y tengo entendido que el gobierno tomo cartas en el asunto atraves de la CONAPRED firmando un convenio en el cual el parque de diversiones se comprometia a promover acciones positivas a favor de la NO Discriminación y continuar brindando sus servicios a todas las personas, especialmente a niños y niñas sin distinción alguna y donde uno de los puntos importantes dentro del convenio era que todo el personal de parque de diversiones tomara un curso de sensibilización en materia de no discriminación para brindar un mejor servicio y atención con dignidad a todas las personas que van a ese parque, ademas de que las autoridades del parque se comprometieron a colocar anuncios referentes al tema de la NO Discriminación como medida de prevención a estos actos, así como la instalación de publicidad en un espacio visible donde todos los visitantes se dieran por enterados que en el parque de diversiones, la empresa no haria discriminación de ningún tipo. Habría que preguntarles a los que viven en Monterrey si en este caso las autoridades y los empleados del parque hicieron lo convenido. Se supone que cualquier tipo de discriminacion la puede uno denunciar a CONAPRED, esperemos que la gente vaya tomando conciencia de que cualquier persona tiene que ser tratada con respeto no importando cual sea su condicion fisica o intelectual.

    • Hola Elisa, sí recuerdo de ese caso de Monterrey pero no sabía el acuerdo al que habían llegado, gracias por compartir tus conocimientos! sabía de Conapred pero no que actuaban en todos los casos, que bueno que me comentas esto, nunca está de más estar informado porque gracias a Dios hasta ahora no hemos sufrido de discriminación (al menos eso creo, jeje) con Benjamín, pero uno nunca sabe, así que nuevamente te agradezco que compartas esto.
      saludos! 🙂

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Síndrome de Down